CIRT rechaza restitución de facultades de IFT para defender a las audiencias

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Como te platicamos en radioNOTAS, la semana pasada la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) en México, nuevamente sea el órgano regulador que dictamine los lineamientos para la defensa de las audiencias de radio y televisión, siendo esta misma institución la que determinará a través de su ‘defensor de las audiencias’ cuál será el apercibimiento que recibirá cada empresa de comunicaciones.

Hasta hace algunos meses, la ley dictaba que cada empresa debía tener su propio ‘defensor de las audiencias’, sin embargo, eso se prestaba a que las compañías realmente hicieran caso omiso ante las peticiones y quejas del público radioescucha o televidente.

Ante esta decisión de la Corte, recientemente algunos de los integrantes de la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT) anunciaron su inconformidad con la decisión, por lo que advirtieron que irán prontamente a instancias internacionales de Derechos Humanos, así como en el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) para contraatacar el fallo.

Los que se encontraron en contra aseguraron que esta disposición es una “mordaza inaceptable”, con la cual se busca “coartar los derechos básicos de libertad de expresión en los medios de comunicación, así como limitar el derecho a la información”.

“Los efectos perniciosos de esta decisión judicial pegan de lleno en la democracia, en el Estado de derecho y en los derechos humanos, generando un peligroso escenario para las libertades en México que inhibirá la actuación de los medios de comunicación y reducirá las fuentes de información disponibles para los ciudadanos”, advirtió en un comunicado la CIRT.

Según CIRT, actualmente en México hay 2003 emisoras de radio y 873 canales de televisión, mismos que podrían verse afectados con esta decisión de la Corte.

¿Consideras que la restitución del poder del IFT en el derecho de las audiencias podría afectar la libertad de expresión? Cuéntanos en los comentarios.

Esta nota fue realizada con base en un artículo publicado por razón.com.mx

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