SCJN invalida diferenciar opinión e información en radio y TV

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Este lunes 29 de agosto del 2022 el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en México invalidó un decreto publicado en 2017 en la Ley Federal de Radio y Televisión (LFRyT), en el cual se decía que todos los medios y sus conductores/locutores se encontraban obligados a distinguir cada dato mencionado entre información u opinión, siempre y cuando se estuvieran dando noticias.

Mucho se especuló al respecto de esta reforma, incluso algunos dueños de emisoras de radio, propietarios de canales de televisión y comunicadores en general expresaron que esta modificación era un ‘golpe bajo para la libertad de expresión’, y asimismo se mencionó que resultaría poco orgánico e incómodo el estar diferenciando todo el tiempo.

Los ministros de la Corte señalaron que, con esta modificación aprobada por el Senado de la República, “se violaron los procesos legislativos”. Algunas de las inconsistencias que halló el máximo tribunal fueron que no se llevaron a cabo las lecturas previas que marca el reglamento del Congreso y no se cumplió con que el dictamen fuera publicado en la Gaceta del Senado 24 horas antes de la discusión del tema.

Por ahora esta fracción queda sin validez, sin embargo, no se sabe si más adelante los legisladores emitirán una nueva reforma a la LFRyT.

Esta nota fue realizada con base en un artículo publicado por el sitio oficial de Joaquín López-Dóriga.

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