Esto se dio luego de que el Ministerio de Transporte entablara una demanda ante dicho Tribunal, buscando que la aplicación Uber fuera declarada ilegal en Colombia.
El Ministerio TIC hace la defensa del principio de Neutralidad de Internet contemplado en el artículo 56 la ley 1450 de 2011, el cual consiste en la garantía por parte del Estado hacia a los ciudadanos de no restringir el acceso y uso a cualquier contenido o aplicación a través de Internet, y el cual se violaría ante las pretensiones solicitadas en dicha demanda, reza un comunicado del Ministerio.
En el mismo texto se indica que el principio de Neutralidad de red es característico y fundacional del Internet, protegido por la comunidad internacional, y propende por la protección del derecho de los ciudadanos a un internet libre y abierto, con libre acceso a la información, la libertad de empresa y la libre competencia, derechos consagrados en la Constitución.
Tras estos resultados, la aplicación y el personal de Uber celebraron el fallo a favor a través de su página web y dijeron sentirse respaldados, ya que la posición del MinTic se suma a la de otras instituciones colombianas que encuentran en las apps una forma legítima de transformar la movilidad de las ciudades.