Estos lineamientos tienen por objeto la regulación, en el marco de competencia del Instituto, de la defensa de las Audiencias del Servicio de Radiodifusión y del Servicio de Televisión y/o Audio Restringidos, así como garantizar el cumplimiento de los derechos de información, de expresión y de recepción de contenidos en términos de lo dispuesto en los artículos 6° y 7° de la Constitución, reconociendo expresamente las facultades de otras autoridades en la materia (por ejemplo de la Segob en materia de clasificación de contenidos o prevención y eliminación de la violencia contra la mujer), declara el Instituto en un comunicado.
Al mismo tiempo se consideran campañas de alfabetización mediática, a fin de que las audiencias conozcan estos derechos. Entre los más importantes para la radio se encuentran los siguientes:
El respeto de los derechos humanos, el interés superior de la niñez y la Igualdad de Género;
Recibir contenidos libres de discriminación;
Que se diferencie con claridad la información noticiosa de la opinión de quien la presenta;
Que se aporten elementos para distinguir entre la publicidad y el contenido de un programa; y
No transmisión de publicidad o propaganda presentada como información periodística o noticiosa.
Que los contenidos de audio o audiovisuales se transmitan en alguna lengua nacional;
Contar con un Defensor que reciba, documente, procese y dé seguimiento a las observaciones, quejas, sugerencias, peticiones o señalamientos en relación con derechos de las audiencias. Al respecto, se fijan directrices para asegurar la independencia e imparcialidad de los defensores y el plazo máximo para desempeñar el cargo, entre otras.
Los lineamientos en su totalidad pueden ser consultados en www.ift.org.mx