Se emitió una orden por parte de La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral, en la que se especificaba que el Partido Acción Nacional (PAN) debía sustituir algunos spots pertenecientes a la campaña 2018, en un plazo a más tardar de tres horas desde la fecha de notificación.
Dicha orden se estableció debido a que según esta Comisión, se estaba sobreexponiendo a algunos candidatos locales, de estados como Jalisco y Veracruz, en pauta publicitaria federal, lo cual viola el modelo de comunicación política que ha establecido el INE.
Por unanimidad, la Comisión concedió medidas cautelares que solicitó el partido Morena con relación a la difusión de candidatos locales como Enrique Alfaro Ramírez (Jalisco) y Miguel Ángel Yunez Márquez (Veracruz).
También esta orden fue dada sobre un spot que está sobreexponiendo en los medios de comunicación a Xóchitl Gálvez Ruíz, quien actualmente está buscando un puesto en el Senado de la República, con lo que se está dando inequidad en el proceso electoral, según argumentó la Comisión.
En el análisis de estas quejas se recordó la jurisprudencia 33/2016 emitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en la cual se aclara que las pautas sólo deben ser usadas para el fin perseguido constitucionalmente y la asignación en específico que representan.