CIRT celebra fallo de la Corte para no distinguir entre información y opinión

0

La tarde del lunes 29 de agosto el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó una reforma que fue realizada a la Ley Federal de Radio y Televisión (LFRyT) en 2017 en materia de derecho de las audiencias, en donde se especificaba que a partir de ese momento las emisoras noticiosas o todas aquellas que tuvieran cápsulas de este corte debían distinguir en cada momento si se encontraban dando su opinión o si estaban compartiendo información.

Según la Corte, esta reforma se invalidó debido a que hubo una clara falta de un proceso legislativo correcto. Los ministros acotaron que no se llevaron a cabo las lecturas previas que marca el reglamento del Congreso y no se cumplió con que el dictamen fuera publicado en la Gaceta del Senado 24 horas antes de la discusión del tema.

José Antonio García Herrera, presidente del Consejo Directivo de la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT), mencionó: “queda frenado judicialmente el intento de obligar a los concesionarios de radio y televisión a distinguir entre opinión e información al presentar una noticia y todo intento de sobrerregular a la radio y la televisión mexicanas”.

Herrera también dijo que: “se protegió la libertad de expresión de la radio y la televisión mexicanas. Ahora le corresponderá al Congreso – de nueva cuenta – emprender una reforma en esta materia escuchando a todas las voces involucradas, lo que sucederá hasta que la Corte notifique la sentencia, por lo que no se puede estar especulando ni mal informando en lo que todavía no existe, una sentencia final llamada engrose”.

«Reconocemos la labor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al refrendar su compromiso en defensa de la Libertad de Expresión, ahora respetemos sus tiempos y dé a conocer la resolución final. La CIRT refrenda su compromiso por la no desinformación, esa fue y será nuestra lucha por las audiencias», expresó García Herrera.

Esta nota fue realizada con base en un artículo publicado por El Universal.

Agrega un comentario

Please enter your comment!
Please enter your name here